Economía
Los operadores bloquean ya los SMS de empresas con el alias sin registrar
Las operadoras bloquean los SMS con alias no inscritos en el registro de la CNMC. Quedan unos 5.000 pendientes, preinscritos un máximo de tres meses.
Las operadoras de telefonía móvil que prestan servicio en España están obligadas desde el martes 15 de septiembre a bloquear los mensajes cuyo remitente sea un nombre comercial no inscrito en el Registro de Alias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. La medida alcanza a los SMS, a los mensajes multimedia y a los RCS, y afecta a cualquier entidad que se comunique con sus clientes identificándose con una marca en lugar de con un número: bancos, aseguradoras, empresas de paquetería, comercios, servicios sanitarios y administraciones públicas. En vísperas del arranque había 13.565 alias inscritos y entre 5.000 y 6.000 solicitudes sin resolver.
El filtro se aplica en red y también frena los envíos desde el extranjero
El mecanismo no actúa en el teléfono del destinatario, sino en la red. Los operadores tienen que consultar a diario la base de datos que gestiona el regulador y descartar los mensajes que lleguen con un identificador alfanumérico ausente del registro, o que procedan de un proveedor de mensajería no habilitado para ese alias concreto. El bloqueo se extiende a las comunicaciones dirigidas a numeración española que envíen empresas extranjeras sin inscripción en España, salvo los supuestos de itinerancia.
Hay un segundo escalón. Los intermediarios que cursan los envíos masivos por cuenta de las empresas deben filtrar en origen cuando detecten identificadores no inscritos, intermediarios no autorizados o envíos sin la confirmación expresa del titular del alias. Incumplirlo puede acarrear su cancelación temporal en el propio registro.
Una orden de febrero de 2025 fijó la fecha y tres circulares la desarrollaron
El origen de la obligación es la Orden TDF/149/2025, de 12 de febrero. Sus artículos 8.1 y 8.2 imponen la inscripción previa de los alias y la identificación de los proveedores habilitados para usarlos; los artículos 7.2 y 8.3 trasladan a los operadores el deber de bloquear lo que no cumpla. La disposición final tercera es la que sitúa el arranque de los efectos en el 15 de septiembre de 2026.
El desarrollo corrió a cargo del regulador. La Circular 1/2026, de 18 de marzo, creó el registro y fijó el procedimiento de inscripción, los requisitos de formato y las obligaciones de cada agente de la cadena de mensajería; entró en vigor el 28 de marzo. La Circular 2/2026, de 5 de junio, la retocó para abrir la solicitud a titulares, proveedores y representantes autorizados.
Los 5.000 alias pendientes quedan preinscritos un máximo de tres meses
El aluvión de solicitudes de las últimas semanas dejó un embalse de expedientes sin resolver, en buena medida porque muchos titulares no contestaron a las comunicaciones con las que debían autorizar su propio alias. Aplicar el corte sin matices habría interrumpido avisos de servicios esenciales y mensajes transaccionales como los códigos de verificación en dos pasos.
La salida llegó con la Circular 3/2026, de 8 de septiembre, publicada en el Boletín Oficial del Estado el día 12 y en vigor desde el 13. Añade una disposición transitoria que preinscribe los alias solicitados antes de las tres de la tarde del 14 de septiembre, siempre que cumplan los requisitos básicos de formato y aporten las declaraciones responsables sobre su vinculación con el titular. Pueden seguir circulando hasta que el regulador resuelva, con un tope de tres meses. El texto advierte de que la preinscripción es estrictamente temporal y no exime de completar los trámites restantes.
Sin alias inscrito el mensaje sale con un número y pierde el nombre de la marca
Quien no haya iniciado el trámite no queda incomunicado: puede seguir enviando mensajes, pero mostrando el número de origen en lugar del nombre comercial. Los que solo exhiben numeración se entregan con normalidad, porque lo que persigue el registro es el uso indebido de una marca como remitente. La inscripción permanece abierta de forma indefinida y los alias que se den de alta más adelante podrán utilizarse en cuanto queden activos.
El plazo ya se había movido una vez: en junio se aplazó hasta la fecha ahora cumplida. Todo ello se enmarca en el plan antiestafas que impulsa el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, un dispositivo que desde marzo ha interceptado 2,2 millones de mensajes fraudulentos y 48 millones de llamadas. La Organización de Consumidores y Usuarios cifra en 470.000 las denuncias por estafas digitales registradas en España durante 2025.